Se desconoce Detalles Sobre accidente de trabajo
Artículo 494 El patrón no estará obligado a satisfacer una cantidad mayor de la que corresponda a la incapacidad permanente total aunque se reúnan más de dos incapacidades.Un accidente en el trabajo no solo afecta a la víctima directa, sino que aún puede tener un impacto en la clan y los colegas de la víctima.No se considera accidente labor